Mediante la misma se permite la presentación de planos de obras ejecutadas o en ejecución que no cumplan con las restricciones del Código de Edificación, Patios, y otras restricciones, siempre y cuando el destino de dichas construcciones se encuentre permitido por la Ordenanza de Zonificación vigente.
Podrán incorporarse, todas aquellas construcciones que se encuentren ejecutadas sin permiso como mínimo con su estructura resistente ejecutada en su totalidad, los predios que han sido incorporados como Bienes de Interés Patrimonial, deberán contar con una autorización previa del Municipio a través de sus áreas técnicas.
La liquidación de Derechos de Construcción se realizarán con los valores correspondientes según la Ordenanza Fiscal vigente al momento de su liquidación con un recargo del 100%, salvo aquellos predios identificados como Bienes de Interés Patrimonial; o Edificaciones que hayan sido realizadas con los Premios permitidos sobre los Parámetros edificables o cuando sobre dichas obras a incorporar exista alguna Acta de Infracción por construir sin permiso, en cuyos caso el recargo será del 300%.
El importe en concepto de derechos de construcción podrá abonarse al contado o mediante un plan de pago (3 ó 10 cuotas según el caso), más los intereses correspondientes.
El trámite debe realizarse en las oficinas de Catastro y Obras Particulares ubicadas en Larralde 5813, Wilde y la Ordenanza Nº 30818 puede consultarse en la web municipal: https://www.mda.gob.ar/tramites/obras-particulares-planeamiento/obras-particulares/