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martes 11 marzo 2025 520 Vistas

El municipio de Quilmes multó fuertemente a AySA y la obliga a restablecer la atencion presencial


Las medidas se adoptaron tras la intervención de la Dirección General de Defensa de Usuarios, Consumidores y Lealtad Comercial de la Comuna.

El Municipio de Quilmes informó que sancionó a la empresa Agua y Saneamientos Argentinos SA (AySA) con una multa de 445.248.000 pesos por incumplimientos en la atención a los usuarios del servicio de agua potable y cloacas en el distrito. La medida responde a un procedimiento de oficio iniciado por la Dirección General de Defensa de Usuarios, Consumidores y Lealtad Comercial de la Comuna, tras recibir un incremento exponencial en reclamos contra la empresa por la falta de atención presencial.

La investigación se originó a raíz de reiteradas denuncias de vecinos que manifestaron dificultades para realizar trámites y reclamos ante la empresa, debido a la eliminación de la atención presencial en Quilmes. Según la sentencia, dictada por la Dra. Anabella Galván, a cargo del Juzgado de Faltas Nº 4, AySA vulneró los derechos de los consumidores al no garantizar canales accesibles de atención, especialmente para adultos mayores y sectores sin acceso a Internet.

En su defensa, la empresa argumentó que modernizó su servicio y promovió la autogestión digital, asegurando que la mayoría de sus usuarios resuelven sus trámites de manera online. Sin embargo, el fallo del Juzgado de Faltas Nº 4 destacó que la digitalización no puede reemplazar la atención presencial, ya que esto afecta el acceso a derechos esenciales.

Multa millonaria y obligación de restablecer oficinas

Además de la sanción económica, la sentencia ordena a AySA restablecer la atención presencial en Quilmes en un plazo máximo de 30 días, y presentar un plan detallado con la ubicación de las oficinas, los horarios de atención y los servicios que brindarán. También se le exige garantizar infraestructura adecuada y personal capacitado.

La jueza de faltas a cargo consideró que la empresa incumplió los artículos 4, 8 bis y 27 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que establecen el derecho a la información, el trato digno y la obligatoriedad de contar con centros de atención personalizada.

Precedentes y alcance del fallo

El fallo sienta un precedente importante en materia de derechos de los consumidores y servicios públicos esenciales. Se basa en resoluciones previas que establecen que las empresas concesionarias deben garantizar condiciones de accesibilidad para todos los usuarios, independientemente del avance tecnológico.

Desde el Municipio de Quilmes resaltaron que esta decisión reafirma la competencia de las administraciones locales en la protección de los derechos de los usuarios de servicios públicos.

Fuente: Prensa Quilmes

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